Puedes descargar el documento completo en PDF aquí: Unidad de Integridad del Despacho Presidencial
El presente informe realizado por el Equipo de Asuntos Legales tiene por finalidad informar al público nacional y extranjero sobre la situación actual de la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Despacho Presidencial, así como sobre la Política de Integridad y Lucha contra la corrupción
Se trata de un evento en desarrollo, ocurrido a partir del 27 de agosto, en que se publicó la Resolución N° 000042-2021-DP/ SSG en el portal de Normas Legales de Presidencia de la República. Disponible también aquí:
https://www.gob.pe/institucion/presidencia/normas-legales/ 2125654-042-2021-dp-ssg
Informe sobre la Política de Lucha contra la corrupción y la situación de la Unidad de Integridad del Despacho Presidencia
Las democracias modernas han desarrollado diferentes instrumentos que les permitan incrementar la transparencia y la predictibilidad de sus acciones, así como enfrentar la corrupción tanto interna como externa, desde la prevención de este fenómeno y no desde un sistema punitivo. Este enfoque produce resultados positivos en los sistemas públicos, al tiempo que fortalece la confianza ciudadana en el funcionamiento de las instituciones.
En el Perú, el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, estableció el Modelo de Integridad como mecanismo para facilitar a las entidades públicas la implementación de una estructura de prevención de la corrupción, cuyo desarrollo corresponde a estándares internacionales y buenas prácticas planteadas desde la cooperación internacional con la finalidad de mejorar la organización de la administración pública para promover la integridad y luchar contra la corrupción.
Como componentes y sub-componentes del Modelo de Integridad se encuentran la implementación de la Política de Conflicto de Intereses; la Política de regalos, cortesías, atenciones y otros; Transparencia, Datos abiertos y Rendición de cuentas; entre otras acciones, al interior de cada entidad pública.
Para la materialización de la implementación del modelo de integridad, sus componentes y sub-componentes en las instituciones públicas se requiere la creación de una oficina de integridad institucional con i) función general de articulación y monitoreo respecto de todos los elementos del modelo, y ii) función específica respecto de la promoción de la ética e integridad, gestión de riesgos, supervisión, monitoreo del control interno.
Todas las instituciones públicas a nivel nacional y en todos los niveles de gobierno tienen la obligación de crear e implementar una oficina de integridad institucional, pero dependiendo de la dimensión de la entidad y de las vulnerabilidades a las que está expuesta, la tarea de implementación del modelo de integridad puede realizarse también a través de una Unidad de Integridad Institucional o de un funcionario especializado que cumpla dichas funciones, o en la oficina de recursos humanos. El empoderamiento de esta oficina, unidad o funcionario deriva y requiere del alto nivel jerárquico de cada institución pública, de otras forma, sus hallazgos y recomendaciones pueden ser cuestionadas o no tenidas en cuenta, a partir de la cultura imperante en determinada institución.
Un compromiso auténtico con los valores de la democracia y la lucha contra la corrupción no buscará solo cumplir formalmente con la ley, sino que también se enfocará en su correcta implementación y cumplimiento. Para ello, resulta indispensable dotar a las instancias que llevarán a cabo esta labor de los recursos y capacidades suficientes, así como del respaldo político necesario, tal y como hemos señalado.
Sobre la Oficina de Integridad y protección al denunciante:
En enero de 2017, mediante Decreto Legislativo N° 1327 se establecieron medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanción por denuncias realizadas de mala fe. Asimismo, el artículo 2° de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 010-2017-JUS y modificado por Decreto Supremo N° 002-2020-JUS, señala que la Oficina de Integridad Institucional, tiene como funciones, entre otras, recibir denuncias por actos de corrupción; así como, atender las solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción, según corresponda, debiendo disponer estas medidas a denunciantes o testigos.
Para ello resulta importante que la labor de las oficinas o unidades de integridad se realicen con total independencia y preparación adecuada, considerando que deben brindar la confianza y asesoría correspondiente a las personas, entre ellas, los trabajadores de sus instituciones que se atrevan a denunciar actos de corrupción, y se encuentren en situación de vulnerabilidad, y que por lo tanto requieran de medidas de protección, como la reserva de su identidad, protección laboral, entre otras.
Sobre Palacio de Gobierno y la Unidad de Integridad Institucional
Considerando la importancia de contar con una unidad de integridad institucional por la dimensión de la entidad y sus vulnerabilidades, en marzo del 2021 se dispuso conformar la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Despacho Presidencial.
De esta manera se constituyó la Unidad Funcional de Integridad Funcional en Despacho Presidencial, la cual durante estos 5 meses de trabajo ha venido dando importantes resultados; por ejemplo, la aprobación de la Directiva N° 003-2021-DP/SSG “Disposiciones y procedimientos para la atención de denuncias por actos de corrupción en el despacho presidencial” y, la Directiva N° 002-2021-DP/SSG “Tratamiento de regalos, donaciones, cortesías y beneficios similares en el Despacho Presidencial”. Asimismo, se encontraba en proceso de aprobación la directiva para la prevención de conflictos de interés. *
Estas directivas forman parte de la implementación de las acciones contempladas dentro del Modelo de Integridad y buscan prevenir actos de corrupción en el Despacho Presidencial, considerando además que es a partir de estos documentos que las acciones preventivas de actos de corrupción se despliegan y sus impactos pueden ser medibles a fin de implementar las mejoras o cambios que se estimen convenientes.
En ese sentido, resulta importante que la Presidencia de la República reexamine la decisión de desactivar la Unidad de Integridad Institucional, toda vez que trasladar sus funciones a la oficina de recursos humanos implica un retroceso en lo avanzando y una limitación hacia el futuro en la implementación del modelo de integridad, así como del plan de integridad y lucha contra la corrupción vigente. Dicha oficina administrativa, a diferencia de lo que ocurría con la Unidad de Integridad, no constituye un área especializada para esta labor; más aún, si se tiene en consideración la vulnerabilidad y especial condición del Despacho Presidencial.
Esperamos que el mensaje de lucha contra la corrupción que se ha dado desde el Ejecutivo vaya de la mano de acciones concretas dirigidas a seguir avanzando en el fortalecimiento de las políticas vigentes, las cuales se encuentran respaldadas por los estándares internacionales del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
* Esta decisión se basó en el Informe Técnico N° 000002-2021-DP/ OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en la que manifiesta que la propuesta de conformación de la Unidad Funcional de Integridad Institucional al interior del despacho de la Subsecretaría General del Despacho Presidencial, en su condición de máxima autoridad administrativa de la entidad, resulta viable técnicamente.
Asimismo, se tuvieron en cuenta los Informes Legales N°s 000039-2021-DP/OGAJ y 000058-2021- DP/OGAJ, ambos emitidos por la Oficina General de Asesoría Jurídica, con fechas 12 de febrero y 18 de marzo de 2021, respectivamente, en el marco de la normativa vigente en materia de integridad y lucha contra la corrupción.
Recomendaciones
- Reexaminar la decisión de desactivar la Unidad de Integridad Institucional dentro del Despacho Presidencial, toda vez que significa una vulneración a lo planteado en la Política y Plan de Integridad y Lucha contra la corrupción vigentes.
- Fortalecer a nivel nacional y en todos los niveles de gobiernos las oficinas o unidades funcionales de integridad, así como a los funcionarios que asumen esta labor, considerando su rol trascendente en la prevención y lucha contra la corrupción.
- Incorporar a las oficinas o unidades funcionales de integridad, y a los funcionarios que desempeñan esta labor, dentro de las acciones que se dispongan como Estado, considerando que la corrupción es un problema transversal y que significa un peligro para la atención de la población, sobre todo para la población vulnerable.
- Consolidar el rol de la Secretaría de Integridad Pública, responsable de conducir, implementar y evaluar la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, con alcance en todo el país, en la promoción de estrategias de trabajo con diversos sectores para elevar de manera conjunta los estándares de integridad pública.
- Involucrar a la Autoridad Nacional del Servicio Civil y la Escuela Nacional de Administración Pública, para que la burocracia nacional pueda contar con las herramientas suficientes que contribuyan a esta tarea.
Lima, 5 de septiembre de 2021.